GENERICAS
MEDIO AMBIENTE
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DECRETO 2/2003 , de 7 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de la Producción, Posesión y Gestión de los Neumáticos Fuera de Uso en la Comunidad Valenciana
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R.D. 1383/2002 de 20/12/2002, sobre gestión de Vehículos al final de su vida útil
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Ley 10/2000 , de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana
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Orden 12/03/1998 por la que se crea y regula el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos de la Comunidad Valenciana
DISTRIBUCION DE VEHICULOS
GARANTIAS
RESIDUOS PELIGROSOS
Las empresas que generan MÁS de 10.000 kg de residuos anuales (Gran Productor) deben ponerse en contacto con el Área de Medio Ambiente de FEMEVAL 963719761 para tramitar las correpondientes autorizaciones.
Los residuos NO pueden estar almacenados más de 6 meses.
La retirada de los residuos peligrosos debe estar registrada en el Libro de Registro de los residuos peligrosos, sino lo tiene puede solicitarlo a la Asociación a través del email fevauto@femeval.es
Si quiere saber las empresas autorizadas para la retirada de los residuos peligrosos puede consultar la web de Consellería de Medio Ambiente.
REFORMAS DE IMPORTANCIA
- Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.
- Manual de Reformas de Importancia.
- Orden ITC/1992/2010, de 14 de julio, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de seguridad y materiales para acristalamiento de los vehículos en servicio, en la que se establecen las especificaciones de ensayo, instalación y marcado de las láminas plásticas solares y de las láminas plásticas publicitarias destinadas a ser adheridas en los vidrios de los vehículos a motor y no homologadas conjuntamente con el vidrio soporte.
- Modelo E para entregar al cliente, en caso de instalación de sistemas de retrovisores homologados en vehiculos industriales matriculados entre el 01-01-2000 hasta 28-07-2008, junto con el certificado del fabricante del retrovisor. Ambos documentos deberán presentarse en la ITV por el cliente.